La sentencia contra Ripley por prácticas discriminatorias ha sido ratificada por el Tribunal Supremo.
En virtud de la Ley de Protección al Empleo en el año 2020, la compañía optó por otorgar incentivos a ciertos empleados con el fin de que aceptaran un acuerdo de suspensión temporal de sus contratos.
La sentencia de la Corte Suprema ha sido ratificada, confirmando así la violación del derecho fundamental de no discriminación por parte de Ripley Store Limitada.
Los hechos se remontan al año 2020, cuando se promulgó la Ley de Protección al Empleo.
Según la acusación, la compañía ejerció presiones indebidas para que los empleados firmaran el acuerdo de suspensión de la relación laboral, a pesar de que los sindicatos buscaban obtener mayores beneficios.
Dado que no se logró llegar a un acuerdo, la empresa denunciada decidió ofrecer directamente ciertas condiciones a algunos empleados.
Al ofrecer incentivos solo a un grupo específico, se determinó que Ripley Store Limitada, ahora conocida como Comercial ECCSA S.A., estaba llevando a cabo prácticas discriminatorias que violaban el derecho a la no discriminación.
En consecuencia, se le impuso una multa de 100 UTM, equivalente a aproximadamente 6,3 millones de pesos, y se le ordenó entregar el Bono Marzo a todos los trabajadores que habían suscrito el acuerdo y a aquellos que no lo habían hecho.
La sentencia en contra de Ripley por actos discriminatorios: